Delito de odio por LGTBIfobia
Un delito de odio por LGTBIfobia es toda aquella infracción penal, incluidas infracciones contra las personas y contra la propiedad, cuando la víctima, el lugar o el objeto de la infracción son seleccionados a causa de su conexión, relación, afiliación, apoyo o pertenencia, ya sea real o supuesta, a un grupo, en este caso a la población LGTBI, por motivo de su orientación sexual, identidad y/o expresión de género, siendo estos factores tanto reales como supuestos. Éstas pueden ser agresión verbal, física, psicológica y/o patrimonial.
Incidente por LGTBIfobia
Se considera incidente de LGTBIfobia, todo tipo de discriminación o acción negativa bajo los mismos factores y circunstancias de un delito de odio por LGTBIfobia, que no se trate de una infracción penal, sino de una causa discriminatoria, ya sea en el ámbito social, civil o administrativo.